Previamente a su presentación deberá consultarse en Casa Central o Delegaciones de Rentas si se acuerdan planes de pago por la deuda que motiva su Solicitud
Régimen Permanente
Art. 70 del Código Fiscal* (t.o. 2010)
Para solicitar un plan de facilidades de pago en el marco de este artículo deberán presentar el formulario DGR A1027*, o el DGR A1028* (en el caso de inmobiliario rural en emergencia) en la Dirección General de Rentas Casa Central, sus Delegaciones y Receptorías, con firma certificada, adjuntando:
- Comprobante de pago, en concepto de anticipo, del 20% ó 30% de la deuda total que se mantiene por el impuesto (Form. DGR F6000 *).
- Constancia de CUIT, CUIL o CDI.
- Constancia de CBU en caso de adherirse al Débito Directo.
Deben tenerse en cuenta asimismo los demás requisitos que constan en el instructivo (ver*). Los formularios se pueden obtener imprimiéndolos desde esta página o solicitándolos en los lugares antes referidos.